Micelio

Artículo 7

Funciones

Ley 2383 de 2024 · por medio de la cual se promueve la educación socioemocional de los niños, niñas y adolescentes en las instituciones educativas de preescolar, primaria, básica y media en Colombia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adiciónese los siguientes numerales al artí­culo 8 de la Ley 1620 de 2013 frente a las funciones en materia de Edu­cación Socioemocional del Comité Nacional de Convivencia Escolar:

11.

Coordinar nacionalmente, en conjunto con los centros y las ins­tituciones educativas del país, la formulación de lineamientos pedagógicos, psicopedagógicas y diversas estrategias orienta­das a la promoción y prevención en salud mental, y metodo­lógicas relacionadas con la Educación Socioemocional en las instituciones educativas y su debida implementación y actuali­zación.

12.

Desarrollar la investigación sobre la temática y la evaluación y monitoreo de los resultados y progresos realizados a partir de la aplicación de la presente ley.

13.

Elaborar y proponer los lineamientos generales, pedagógicos y metodológicos de la Educación Socioemocional.

14.

Desarrollar planes piloto para experimentación de nuevas técni­cas que permitan identificar factores de éxito y oportunidades de mejora de este.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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