Artículo catorce. La caución que se otorgue para garantizar el manejo de los "Bonos de Desarrollo Económico", podrá consistir en el depósito prendario de Bonos de Desarrollo Económico de propiedad del IFI o en Cédulas del Banco Central Hipotecario por su valor nominal.
Decreto 2855 de 1965 →Vigente
Artículo 14
Decreto 2855 de 1965 · por el cual se ordena la emisión y se fijan las características de unos Títulos de Deuda Pública Interna denominados "Bonos de Desarrollo Económico".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.