Artículo primero. Los Tribunales de Gracia de jurisdicción ordinaria y castrente cesarán en sus funciones el 31 de diciembre de 1959.
Decreto 1 de 1960 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1 de 1960 · Por el cual se suprimen los Tribunales de Gracia creados por Decreto número 0328 de 1958
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.