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Artículo Único

Ley 18680501 de 1868 · Aprobando los créditos estraordinarios y suplementales abiertos por el Poder Ejecutivo para la vigencia económica de 1866 a 1867

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. único. Apruébanse los decretos ejecutivos espedidos en 27 de marzo i 1.° de julio de 1867 i 20 de enero de 1868, abriendo créditos estraordinarios i suplementales al Presupuesto de gastos para la vijencia económica de 1866 a 1867, con imputación al Departamento de Guerra i Marina, capítulo 5,º Hospitales militares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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