Otorgamiento o negación de la personería jurídica y del reconocimiento deportivo . Verificado el cumplimiento de los requisitos correspondientes, a que se refiere el presente Decreto, Coldeportes otorgará mediante resolución motivada la personería jurídica o el reconocimiento deportivo que se haya solicitado, según sea el caso. Si no se cumplen los requisitos respectivos, Coldeportes expedirá resolución motivada en donde se niegue la petición y se ordene la devolución de los documentos a los interesados. La resolución por la cual se resuelve la solicitud, se notificará en la forma prevista en el Código Contencioso Administrativo y contra la misma procederá el recurso de reposición.
Decreto 407 de 1996 →Vigente
Artículo 12
Decreto 407 de 1996 · por el cual se reglamenta el otorgamiento de personeria jurídica y el reconocimiento deportivo a los organismos deportivos que integran del Sistema Nacional del Deporte.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.