Para el sostenimiento de este pabellón, se apropiará anualmente en los Presupuestos Nacionales la suma de seis mil pesos ($ 6,000.00). Para la construcción del pabellón se destina la suma de veinte mil pesos ($ 20,000.00).
Ley 170 de 1938 →Vigente
Artículo 2
Ley 170 de 1938 · por la cual la Nación se asocia a la conmemoración del cuarto centenario de la fundación de la histórica ciudad de Rionegro
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.