Micelio

Artículo 2

Los Bonos De Vivienda De Interés Social Que Emita El Banco Central Hipotecario En Desarrollo Del Decreto 163 De 1990 También Podrán Ser Redimidos Antes De Su Vencimiento Cuando Esta Entidad Los Reciba De Las Corporaciones De Ahorro Y Vivienda En Pago De Los Redescuentos Que Se Efectúen Conforme A Lo Dispuesto En El Literal B) Del Artículo 8° De Dicho Decreto

Decreto 413 de 1990 · por el cual se introducen unas modificaciones al Decreto 163 de 1990, en relación con el crédito destinado a la vivienda de interés social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los Bonos de Vivienda de Interés Social que emita el Banco Central Hipotecario en desarrollo del Decreto 163 de 1990 también podrán ser redimidos antes de su vencimiento cuando esta entidad los reciba de las corporaciones de ahorro y vivienda en pago de los redescuentos que se efectúen conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 8° de dicho decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 413 de 1990