Micelio

Artículo 24

División De Crédito

Decreto 276 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior “Mariano Ospina Pérez”, Icetex, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Crédito . Son funciones de la División de Crédito, las siguientes

1.

Ejecutar y desarrollar los términos de referencia para la formulación de políticas, planes y programas en materia de crédito educativo y financiamiento a instituciones de educación superior.

2.

Evaluar y conceptuar sobre las condiciones y características de los programas de crédito educativo y financiamiento a instituciones de educación superior, en concordancia con las políticas en esta materia.

3.

Dirigir, coordinar y ejecutar el diseño de los programas de crédito educativo, de acuerdo con las políticas, planes y reglamentos aprobados.

4.

Dirigir, coordinar y ejecutar la concertación y negociación de convenios, acuerdos, programas y proyectos con organismos públicos o privados, destinados a la financiación de la formación de recursos humanos tanto en el país como en el exterior.

5.

Diseñar, coordinar e implantar los programas de crédito educativo y financiamiento a instituciones de educación superior, de acuerdo con los lineamientos de la política educativa y las directrices institucionales sobre la materia.

6.

Programar, coordinar, supervisar y controlar el manejo operativo y el proceso de asignación de recursos, adjudicación, seguimiento académico y de desembolsos, de los programas de crédito educativo y financiamiento a las instituciones de educación superior.

7.

Prestar asistencia técnica y hacer seguimiento a las Direcciones Territoriales, en la aplicación de las políticas, planes, metodologías y procedimientos para la ejecución del crédito educativo y el financiamiento a instituciones de educación superior.

8.

Programar, coordinar y supervisar conjuntamente con la Subdirección de Relaciones Internacionales, el proceso de otorgamiento de los créditos educativos otorgados para estudios en el exterior.

9.

Establecer convenios con Instituciones de Educación Superior, brindándoles todo el apoyo técnico requerido en el otorgamiento, como en la renovación de los créditos.

10.

Buscar alianzas con Instituciones diferentes a las Instituciones de Educación Superior, con el fin lograr una mayor cobertura en el otorgamiento de los créditos.

11.

Proveer y suministrar a la Oficina Asesora de Comunicaciones y a la Oficina de Informática, la información requerida para la difusión de los programas de crédito educativo y financiamiento a las instituciones de educación superior.

12.

Proponer y desarrollar estrategias que faciliten el desarrollo de una cultura de servicio y propendan por la calidad del mismo, en un entorno proactivo y de mejoramiento continuo.

13.

Coordinar con las demás dependencias las acciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones.

14.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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