Prueba de las calidades. La persona designada Fiscal en propiedad ante la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, deberá acreditar las calidades constitucionales al tomar posesión del cargo. Entre la fecha de la comunicación de la designación y la de la posesión no podrán transcurrir más de treinta (30) días.
Decreto 1 de 1984 →Vigente
Artículo 124
Prueba De Las Calidades
Decreto 1 de 1984 · Por el cual se reforma el Código Contencioso Administrativo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.