Transitorio . El Superintendente de Industria y Comercio tomará todas las medidas que sean necesarias para coordinar y brindar la colaboración y el apoyo necesarios, con el propósito de realizar el traslado de las funciones, que en materia de protección de los usuarios venía desempeñando hasta la fecha de entrada en pleno funcionamiento de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. La Superintendencia de Industria y Comercio tomará todas las medidas necesarias para dar traslado a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, de las investigaciones administrativas iniciadas por aquella y que no estén concluidas en la fecha de entrada en funcionamiento de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, así como de todas las actuaciones administrativas y recursos interpuestos y no resueltos.
Decreto 548 de 1995 →Vigente
Artículo 53
Decreto 548 de 1995 · por el cual se compilan las funciones de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, se establece su estructura orgánica y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.