°. Solicitud de pago . Fiduprevisora S. A. en su calidad de vocera y administradora del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), deberá presentar, a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la entrada en vigencia del presente decreto, una cuenta de cobro al Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional hasta por la suma establecida en el artículo 1° del presente decreto y anexar los siguientes documentos
Certificación suscrita por el Vicepresidente del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), y avalada por el Revisor Fiscal de Fiduprevi¬sora S.A., que actúa como vocera y administradora del Fondo Nacional de Pres¬taciones Sociales del Magisterio (FOMAG), en la que se detalle el beneficiario y valor a pagar (capital e intereses) de las obligaciones de pago originadas en el Proceso Liquidatorio Administrativo o por vía Judicial de los Contratos de Salud del FOMAG ejecutados durante la vigencia de 2012 a 2018 y se certifique que las decisiones que dan origen a las obligaciones se encuentran ejecutoriadas.
Certificación bancaria del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magis¬terio (FOMAG) con los detalles de la cuenta en la que se recibirá el giro de los recursos.