Micelio

Artículo 1

De La Ley 13 De 1968, Se Entenderán Como Obras Y Servicios Públicos El Municipio De Barrancabermeja Los Que Se Enuncian A Continuación: A) Construcción Y Mejoramiento Del Acueducto Y Alcantarillado

Decreto 1170 de 1975 · Por el cual se reglamenta la Ley 13 de 1968.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero para los efectos del artículo 1°. de la ley 13 de 1968, se entenderán como obras y servicios públicos el municipio de Barrancabermeja los que se enuncian a continuación: a) construcción y mejoramiento del acueducto y alcantarillado. b) plan vial. c) arreglo y pavimentación de vías urbanas. d) rehabilitación de barrios marginados y adquisición de terrenos para asentamiento de familias marginadas. e) construcción y adecuación de edificios para escuelas y colegios así como la consecución de material didáctico y laboratorios. f) servicios generales: plan de electrificación, higiene, agua y alumbrado para edificios municipales, red telefónica, etc. g) planeación y urbanismo municipales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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