Prorrogar El Plazo Dispuesto Para La Liquidación De La Empresa Social Del Estado Antonio Nariño En Liquidación, Establecido En El Artículo 1° Del Decreto 3870 De 2008, Prorrogado Por Los Artículos 1° Del Decreto 3671 De 2010 Y 1° Del Decreto 4487 De 2010, Hasta El Día Treinta Y Uno (31) De Marzo De 2011
Decreto 4814 de 2010 · por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa Social del Estado Antonio Nariño en Liquidación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Prorrogar el plazo dispuesto para la liquidación de la Empresa Social del Estado Antonio Nariño en Liquidación, establecido en el artículo 1° del Decreto 3870 de 2008, prorrogado por los artículos 1° del Decreto 3671 de 2010 y 1° del Decreto 4487 de 2010, hasta el día treinta y uno (31) de marzo de 2011.
Parágrafo
En el evento que los procesos que sustentan la prórroga establecida en el artículo 1° de este decreto, puedan concluirse antes del término señalado, el Liquidador procederá al cierre inmediato de la liquidación.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.