°. Los actuales empleados del Ministerio de Gobierno que fueren designados en cargos cuyos sueldos fueren inferiores a los que estén devengando en el momento dé incorporarse a la planta establecida por el presente Decreto, continuarán recibiendo el sueldo anterior hasta que se retiren o pasen a otro cargo, pero las primas de antigüedad sé computarán sobre sueldos básicos. Cuando el empleo quede; vacante, la persona que entre a ocuparlo recibirá el sueldo señalado por este Decreto.
Decreto 3164 de 1968 →Vigente
Artículo 4
Los Actuales Empleados Del Ministerio De Gobierno Que Fueren Designados En Cargos Cuyos Sueldos Fueren Inferiores A Los Que Estén Devengando En El Momento Dé Incorporarse A La Planta Establecida Por El Presente Decreto, Continuarán Recibiendo El Sueldo Anterior Hasta Que Se Retiren O Pasen A Otro Cargo, Pero Las Primas De Antigüedad Sé Computarán Sobre Sueldos Básicos
Decreto 3164 de 1968 · Por el cual se determina la planta de personal del Ministerio de Gobierno
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.