º. La cuantía de los préstamos que otorguen las corporaciones financieras en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 2º de este decreto, no podrá exceder del monto total de los recursos captados de conformidad con el artículo 4º, deducido el coeficiente de liquidez.
Decreto 399 de 1975 →Vigente
Artículo 8
º
Decreto 399 de 1975 · Por el cual se interviene en la actividad de las corporaciones financieras
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.