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Artículo 44

Son Funciones De Las Divisiones De Producción: A) Organizar Y Controlar La Ejecución De Los Programas De Producción Para Que Éstos Se Cumplan En El Tiempo Programado

Decreto 441 de 1987 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 083 de 1987 (enero 16), dictado por la Junta Directiva de la Industria Militar.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de las Divisiones de Producción

a)

Organizar y controlar la ejecución de los programas de producción para que éstos se cumplan en el tiempo programado.

b)

Controlar el cumplimiento de las normas y especiaciones de calidad y de proceso en cada una de sus fases para garantizar un producto final óptimo.

c)

Velar porque se cumplan las normas y procedimientos de Seguridad Industrial.

d)

Coordinar el mantenimiento de los equipos e instalaciones para garantizar el buen estado de operación y disponibilidad del tiempo necesario para cumplir los programas de producción.

e)

Procurar que los planos y las especificaciones de productos y procesos de producción se mantengan actualizados.

f)

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. De las Divisiones de Relaciones Industriales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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