Creación e integración del Comité de Coordinación Nacional para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos. Créase el Comité de Coordinación Nacional para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos, como organismo de coordinación nacional del Estado colombiano para la prevención, combate y erradicación del tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, el cual estará integrado por:
El Ministro del Interior o su delegado;
El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado;
Ministerio de Justicia y del Derecho o su delegado;
El Ministro de Defensa Nacional o su delegado;
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado;
El Director del Departamento Administrativo de Seguridad o su delegado;
El Comandante General de las Fuerzas Militares o su delegado;
El Director de la Policía Nacional o su delegado;
El Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales o su delegado;
El Gerente General de la Industria Militar de Colombia o su delegado.
El Fiscal General de la Nación o su delegado, será invitado a participar en las reuniones del Comité con derecho a voz y voto. Así mismo, y de acuerdo con sus necesidades y los asuntos que habrá de considerar, el Comité de Coordinación Nacional podrá invitar a sus reuniones, por solicitud de uno de sus miembros, a cualesquiera personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, quienes tendrán voz pero no voto en sus deliberaciones.