La remuneración señalada en las escalas de salarios establecidas en este Decreto corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo. Los empleos permanentes de jornada parcial se remunerarán en forma proporcional al tiempo de trabajo Los sueldos señalados en las escalas podrán ser objeto de reducción cuando el empleado reciba salario en especie. Al hacerse el nombramiento, el Gerente General determinará la asignación respectiva, pero para efectos de cesantías y demás prestaciones sociales, lo mismo que para regular los aportes del empleado a las entidades de previsión, se tomará el sueldo completo
Decreto 1857 de 1973 →Vigente
Artículo 26
La Remuneración Señalada En Las Escalas De Salarios Establecidas En Este Decreto Corresponden A Empleos De Carácter Permanente Y De Tiempo Completo
Decreto 1857 de 1973 · Por el cual se fija el sistema de clasificación, remuneración y nomenclatura para las distintas clases de empleos del Instituto Colombiano Agropecuario-ica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.