º. El artículo 2.6.3.4.2.1 del Decreto 1068 de 2015 - Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, quedará así: Artículo 2.6.3.4.2.1. Adopción de medidas correctivas . La medida correctiva, por su naturaleza cautelar, se podrá adoptar de manera simultánea a la iniciación y comunicación del procedimiento respectivo. La medida se surtirá mediante la publicación del acto administrativo en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y se entenderá surtida en la fecha de publicación.
Decreto 1104 de 2016 →Vigente
Artículo 1
El Artículo 2
Decreto 1104 de 2016 · por el cual se modifica el artículo 2.6.3.4.2.1 del Decreto 1068 de 2015 - Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.