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Artículo 2

Adicionar El Siguiente Parágrafo Al Artículo 17 Del Decreto 087 De 2011, El Cual Quedará Así: "parágrafo

Decreto 4464 de 2011 · por el cual se aclara el artículo 22 y se adiciona el parágrafo al artículo 17 del Decreto 087 del 17 de enero de 2011.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Adicionar el siguiente

Parágrafo

al artículo 17 del Decreto 087 de 2011, el cual quedará así: "

Parágrafo

El Ministro de Transporte por acto administrativo, podrá asignar algunas de las anteriores funciones de una Dirección Territorial a otra, por la facilidad geográfica o cuando se presenten circunstancias relacionadas con el acceso a la prestación del servicio público que así lo ameriten".

Parágrafo

) Artículo 17 DECRETO 87 de 2011

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4464 de 2011