Micelio

Artículo 71

Decreto 1528 de 1964 · Por el cual se reglamenta el artículo 26 del Decreto 3224 de 1963 (diciembre 19), reorgánico del Ministerio de Salud Pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la imposición de las sanciones de que trata este Decreto, distintas a la cancelación de licencia las autoridades indicadas en el artículo anterior se ceñirán al siguiente procedimiento. Iniciada la investigación administrativa en virtud de denuncio, o de oficio se otra en descargos al presupuesto infractor. Si este invocare pruebas en su favor ellas deberán presentarse dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de la diligencia de descargo y se practicarán dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha del auto que las ordene. Cumplido lo anterior, se dictará comedidamente la Resolución motivada a que hubiere lugar a la cual una vez notificada, se llevará a efecto su perjuicio a los recursos legales que sean procedentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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