Micelio

Artículo 3

Decreto 18661031 de 1866 · señalando la cuantía i clase de fianza con que los Administradores principales i subalternos de Hacienda deben asegurar su manejo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° La fianza del Administrador contador será otorgada ante el Secretario de Hacienda i Fomento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 18661031 de 1866