Micelio

Artículo 4

Suspéndense Las Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto, Que Rige Desde La Fecha E Su Expedición

Decreto 397 de 1952 · Por el cual se modifica el Arancel Aduanero

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Suspéndense las disposiciones contrarias al presente Decreto, que rige desde la fecha e su expedición. Comuníquese y publíquese. ROBERTO URDANETA ARBELAEZ El Ministro de Gobierno, Luis Ignacio Andrade .-El Ministro de Justicia, encargado del Ministerio de Relaciones Exteriores, Juan Uribe Holguín .-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo .-El Ministro De Guerra, José María Bernal .-El Ministro de Agricultura Y Ganadería, Camilo J. Cabal Cabal .-El Ministro del Trabajo, Alfredo Araujo Grau .-El Ministro de Higiene, Miguel Antonio Rueda Galvis .-El Ministro de Fomento, Carlos Villaveces .-El Ministro de Educación Nacional,- Rafael Azula Barrera .-El Ministro De Correos y Telégrafos, Carlos Echeverri Cortes .-El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 397 de 1952