Cooperación . En desarrollo de las actividades del Programa de Protección, la Dirección de Derechos Humanos podrá celebrar convenios de cooperación con otras entidades públicas y de asistencia técnica con organismos nacionales e internacionales, encaminados a la optimización de los recursos y medios destinados a la protección de los beneficiarios.
Decreto 2816 de 2006 →Vigente
Artículo 25
Decreto 2816 de 2006 · por el cual se diseña y reglamenta el Programa de Protección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de Justicia y se adoptan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.