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Artículo 5

Requisitos Para La Autorización De Las Donaciones De Productos De Higiene Doméstica Y Productos Absorbentes De Higiene Personal Y Cosméticos

Decreto 218 de 2019 · Por el cual se regula las donaciones internacionales de productos de uso humano con fines sociales y humanitarios y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Requisitos para la autorización de las donaciones de productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal y cosméticos. Para la autorización de las donaciones internacionales de productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal y cosméticos que expida el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), el receptor debe diligenciar el formulario definido por esa entidad y aportar documento de justificación y de ofrecimiento de la donación o de aceptación de la misma por el receptor. Además, se debe cumplir con los siguientes requisitos

a)

Cumplir con los requisitos de calidad señalados en las normas nacionales e internacionales vigentes, para lo cual deberá contar con la ficha técnica del producto o certificado de calidad del producto;

b)

Los productos deben encontrarse en buen estado de almacenamiento y conser­vación.

c)

No requieren de notificación sanitaria expedida por el Invima, y podrán ingre­sar al país con el etiquetado aprobado en el país de origen y su embalaje debe ser adecuado;

d)

Contar con el periodo de vida útil establecido por el fabricante, cuando sea del caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 218 de 2019