La enseñanza se dictará siguiendo el programa respectivo; la enseñanza práctica consistirá especialmente en trabajos sobre el terreno, en los laboratorios, en redacción y dibujo de proyectos, informes sobre visitas a fundos agrícolas y sobre excursiones científicas, en ejercicios de meteorología práctica (lecciones y conferencias), especialmente para los Ingenieros agrónomos.
Decreto 125 de 1916 →Vigente
Artículo 20
La Enseñanza Se Dictará Siguiendo El Programa Respectivo; La Enseñanza Práctica Consistirá Especialmente En Trabajos Sobre El Terreno, En Los Laboratorios, En Redacción Y Dibujo De Proyectos, Informes Sobre Visitas A Fundos Agrícolas Y Sobre Excursiones Científicas, En Ejercicios De Meteorología Práctica (Lecciones Y Conferencias), Especialmente Para Los Ingenieros Agrónomos
Decreto 125 de 1916 · Por el cual se establece el Reglamento orgánico de la Escuela Nacional de Agricultura de Bogotá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.