Micelio

Artículo 2.2.13.7.2

Principios

Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Principios . Para la aplicación de la coexistencia de que trata el artículo 2.2.13.7.1. de este decreto se aplicarán los siguientes principios

1.

No se podrá obtener simultáneamente un subsidio proveniente del sistema general de pensiones y uno proveniente de los Servicios Sociales Complementarios del Sistema de Seguridad Social Integral.

2.

En todos los casos primarán los beneficios que eventualmente se puedan obtener del sistema general de pensiones sobre los que se puedan obtener del Servicio Social Complementario de BEPS. (Decreto número 604 de 2013, artículo 15).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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