Cada Ministro y Departamento Administrativo tendrá uno o más pagadores contadores nombrados por el Gobierno, con carácter de responsables del Erario. Dichos empleados garantizarán su manejo y formarán y rendirán las cuentas de su cargo como lo determine el Contralor General de la República.
Ley 70 de 1923 →Vigente
Artículo 1
Ley 70 de 1923 · Por la cual se dispone la manera de pagar algunos servicios públicos y se da una autorización al Gobierno
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.