Decreto 1877 de 1997 · por el cual se modifica el parágrafo 2° del artículo 5° del Decreto 1288 de 1996.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Modifícase el
Parágrafo 2
del artículo 5 del Decreto 1288 de 1996, el cual quedará así: "
Parágrafo 2
Si se trata de proyectos en ejecución a primero de enero de 1996, la Corporación de Ahorro y Vivienda o Entidad Crediticia que financie directamente el proyecto de construcción de vivienda de interés social, expedirá a solicitud del interesado certificado sobre avance de obra y de utilización de materiales".
Parágrafo 2
Artículo 5 DECRETO 1288 de 1996
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.