Micelio

Artículo 2

El Comité De Coordinación De La Apertura Económica Como Organismo Asesor Del Gobierno Nacional En El Proceso De Reorientación De La Economía Colombiana Hacia El Mercado Externo, Tendrá Las Siguientes Funciones, Sin Perjuicio De Las Que La Ley Le Otorga A Otros Organismos: A) Estudiar Las Diferentes Inquietudes E Iniciativas Que Se Le Formulen Al Gobierno Nacional En Relación Con La Incidencia De Las Medidas Que Se Adopten En El Proceso De Apertura Económica, En Las Empresas, Los Trabajadores Y Los Sectores De La Economía En General, Y Proponer Las Medidas Correspondientes; B) Apoyar El Programa De Fomento A Las Exportaciones Y De Modernización Nacional; C) Proponer Mecanismos Y Estrategias Que Agilicen La Reconversión De La Industria Y La Agricultura, Así Como Los Procesos De Modernización Portuaria E Infraestructura; D) Proponer Al Gobierno Nacional La Expedición De Las Normas Que Considere Necesarias Para El Cabal Desarrollo Del Proceso De Apertura Económica Y Modernización De La Economía; E) Propiciar Acciones Mixtas Del Sector Privado Y Público Para Fortalecer La Competencia Y Aumentar La Productividad; F) Dictar Su Propio Reglamento

Decreto 2066 de 1991 · por el cual se crea el Comité de Coordinación de la Apertura Económica.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Comité de Coordinación de la Apertura Económica como organismo asesor del Gobierno Nacional en el proceso de reorientación de la economía colombiana hacia el mercado externo, tendrá las siguientes funciones, sin perjuicio de las que la ley le otorga a otros organismos

a)

Estudiar las diferentes inquietudes e iniciativas que se le formulen al Gobierno Nacional en relación con la incidencia de las medidas que se adopten en el proceso de apertura económica, en las empresas, los trabajadores y los sectores de la economía en general, y proponer las medidas correspondientes;

b)

Apoyar el programa de fomento a las exportaciones y de modernización nacional;

c)

Proponer mecanismos y estrategias que agilicen la reconversión de la industria y la agricultura, así como los procesos de modernización portuaria e infraestructura;

d)

Proponer al Gobierno Nacional la expedición de las normas que considere necesarias para el cabal desarrollo del proceso de apertura económica y modernización de la economía;

e)

Propiciar acciones mixtas del sector privado y público para fortalecer la competencia y aumentar la productividad;

f)

Dictar su propio reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2066 de 1991