Decreto 220 de 1904 · Reformatorio del que grava la exportación del ganado vacuno, número 17, de 8 de Enero del presente año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo único. Redúcese á dos pesos ($ 2) oro por cada res macho y á cinco pesos ($ 5) oro por cada res hembra el derecho de exportación establecido sobre ganado vacuno por Decreto número 17 de 8 de Enero del presente año ( Diario Oficial número 11,998.)
Parágrafo
El presente Decreto empezará a regir el día 1. º de Abril próximo venidero. Comuníquese y publíquese.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.