Micelio

Artículo 1

De La Suma Apropiada En El Presupuesto De La Actual Vigencia, Capítulo 101, Artículo 1011 B, Para Calamidades Públicas, Destínase La Suma De Dos Millones Doscientos Mil Pesos ($2

Decreto 2014 de 1969 · por el cual se destinan unas partidas presupuestales para atender a calamidades públicas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De la suma apropiada en el Presupuesto de la actual vigencia, Capítulo 101, artículo 1011 B, para calamidades públicas, destínase la suma de dos millones doscientos mil pesos ($2.200.000.00) moneda corriente, para entregar a los Gobernadores de los Departamentos afectados, con destino a la reparación de los daños causados por las inundaciones a que se refiere la parte motiva de este Decreto, en la siguiente proporción: Al Gobernador del Departamento del Atlántico $ 450.000 Al Gobernador del Departamento de Bolívar 800.000 Al Gobernador del Departamento de Boyacá 200.000 Al Gobernador del Departamento del Magdalena 500.000 Al Gobernador del Departamento de Santander 250.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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