Micelio

Artículo 8

º

Decreto 482 de 1996 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 223 de 1995.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Evaluacion de los resultados del Plan por el Congreso. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, presentará el 15 de abril de cada año, la evaluación del Plan Anual Antievasión ante las Comisiones Terceras del Congreso de la República, anexando el concepto emitido por la Comisión Nacional Mixta de Gestión Tributaria y Aduanera. Con base en este informe, las Comisiones analizarán el cumplimiento de las metas propuestas en el Plan, fijarán las metas para el año siguiente e informarán sobre el nivel de cumplimiento a las plenarias quienes aprobarán o rechazarán los resultados del mismo.

Parágrafo

El primer informe del Plan Antievasión del año de 1996, deberá ser presentado ante las Comisiones Terceras del Congreso de la República el 30 de junio de 1996.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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