Micelio

Artículo 35

Queso

Decreto 730 de 2012 · por el cual se da cumplimiento a los compromisos adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Queso . Las importaciones de mercancías originarias de Estados Unidos de América clasificadas por las líneas arancelarias 0406100000, 0406200000, 0406300000, 0406400000, 0406904000, 0406905000, 0406906000, y 0406909000, quedarán libres de arancel en cualquier año calendario especificado siempre que no excedan el contingente establecido para cada uno de dichos años. Métricas Toneladas Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6 Año 7 Año 8 2.310 2.541 2.795 3.075 3.382 3.720 4.092 4.502 Año 9 Año 10 Año 11 Año 12 Año 13 Año 14 Año 15 4.952 5.447 5.992 6.591 7.250 7.975 Ilimitado Las cantidades ingresarán sobre una base de primero en llegar/primer servido. Los aranceles aduaneros sobre las importaciones de Queso originario de Estados Unidos de América y comprendido en las subpartidas arancelarias 0406100000, 0406200000, 0406300000, 0406400000, 0406904000, 0406905000, 0406906000, y 0406909000, que excedan el contingente establecido en este artículo, deberán ser eliminados en 15 etapas anuales iguales, comenzando en la fecha en que este Acuerdo entre en vigor, y dichas mercancías deberán quedar libres de aranceles a partir del 1° de enero del año 15, así: Tasa Base Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6 Año 7 Año 8 20% 18,7% 17,3% 16,0% 14,7% 13,3% 12,0% 10,7% 9,3% 33% 30,8% 28,6% 26,4% 24,2% 22,0% 19,8% 17,6% 15,4% Tasa Base Año 9 Año 10 Año 11 Año 12 Año 13 Año 14 Año 15 20% 8,0% 6,7% 5,3% 4,0% 2,7% 1,3% 0,0% 33% 13,2% 11,0% 8,8% 6,6% 4,4% 2,2% 0,0%

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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