Micelio

Artículo 8

Ley 187 de 1959 · Sobre salario mínimo y prima móvil al salario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando la prima móvil se estabilizare en un veinte por ciento (20%) o más, durante dos semestres consecutivos, quedará incorporada a los respectivos salarios básicos desde el primer día del semestre subsiguiente, y los índices promedio de aquellos dos semestres pasará a construir la nueva base (100) para liquidar las nuevas primas móviles que llegaren a causarse en el futuro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 187 de 1959