Micelio

Artículo 114

El Gobierno O El Ministerio De Defensa, Según El Caso, Podrán Contratar Los Servicios De Técnicos Nacionales O Extranjeros Altamente Calificados Que Se Requieran En Las Distintas Especialidades

Decreto 2347 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Policía Nacional

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno o el Ministerio de Defensa, según el caso, podrán contratar los servicios de técnicos nacionales o extranjeros altamente calificados que se requieran en las distintas especialidades. Asimismo podrán contratar profesionales abogados para que representen a la Policía en los juicios en que sea parte de la Institución o miembros por razones de interés institucional.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2347 de 1971