Micelio

Artículo 23

Decreto 274 de 2000 · Por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Período de Prueba . Los aspirantes seleccionados de conformidad con la lista de elegibles serán nombrados en periodo de prueba, en el cargo de Tercer Secretario o su equivalente en Planta Interna, por el término de un año. Cumplido el período de prueba, el desempeño del funcionario será evaluado y calificado por la Comisión de Personal, teniendo en cuenta lo siguiente

a)

El Jefe o Jefes inmediatos evaluarán el desempeño por el período correspondiente en el instrumento de evaluación a que se refiere el Artículo 32 de este Decreto.

b)

La Comisión de Personal realizará la evaluación y la calificación definitivas con fundamento en la ponderación de las evaluaciones a que se refiere el literal anterior. Contra la calificación del período de prueba procede el recurso de reposición ante la Comisión de Personal de Carrera Diplomática y Consular. Aprobado el período de prueba, por obtener calificación satisfactoria en el desempeño de sus funciones, el empleado adquiere los derechos de Carrera y deberá ser inscrito en el registro del escalafón de la Carrera Diplomática y Consular en la categoría de Tercer Secretario. En caso de que el funcionario no apruebe el período de prueba, no será inscrito en el escalafón de la Carrera y será retirado del servicio mediante resolución motivada. La inscripción del funcionario seleccionado en el escalafón, se dispondrá por medio de decreto ejecutivo. El funcionario inscrito se designará en la planta interna por dos años, contados a partir del día siguiente a aquel en el cual termina el período de prueba y luego será trasladado a un cargo en el exterior, en las oportunidades previstas en el literal c. del Artículo 39 de este Decreto.

Parágrafo 1

El nombramiento en período de prueba de un funcionario vinculado al Ministerio en un cargo de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción, en el cargo de Tercer Secretario o su equivalente en planta interna, en ningún caso se considerará como desmejora de las condiciones laborales.

Parágrafo 2

Los funcionarios que se encontraren en período de prueba, no podrán ser designados en encargos, ni en comisión, salvo la comisión de servicios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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