Micelio

Artículo 9

De Las Disposiciones Del Artículo Anterior Se Exceptúan Las Siguientes Compras: 1° Los Elementos Indispensables Para La Ordinaria Administración Del Ejército Que En Compras Locales Tengan Autorización Para Adquirir Los Cuerpos De Tropa Con Las Partidas Mensuales Que Se Ies Destinan A Tal Fin, Según La Clasificación Que Haga El Ministerio De Guerra En El Decreto Anual De

Decreto 251 de 1937 · Por el cual se reorganiza la Sección de Provisiones del Gobierno Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De las disposiciones del artículo anterior se exceptúan las siguientes compras: 1° Los elementos indispensables para la ordinaria administración del Ejército que en compras locales tengan autorización para adquirir los Cuerpos de tropa con las partidas mensuales que se Ies destinan a tal fin, según la clasificación que haga el Ministerio de Guerra en el Decreto anual de. distribución de partidas. La Dirección General de Edificios Nacionales, los Ingenieros de Zona del ramo de Carreteras y las administraciones de las obras hidráulicas dependientes del Ministerio de Obras Públicas, podrán, previa autorización de éste y dentro de los límites del presupuesto mensual de cada obra, comprar en los mercados locales los siguientes materiales y elementos: ladrillo, teja, cemento, madera, cal, arena, hierro, pinturas, piedra, triturado, recebo, explosivos, tornillos, repuestos para maquinarias, combustibles, lubricantes, cables, alambres, herramientas, etc. Las compras de elementos de cada una de las especies enumeradas por sumas mayores de mil pesos ($ 1,000), requieren la aprobación del Ministerio de Obras Públicas.

Parágrafo 1

De las compras que se hagan en los mercados locales . deberá remitirse mensualmente al Ministerio de Obras Públicas una relación pormenorizada, por triplicado, con el f in de que la Sección respectiva de dicho Ministerio pueda hacer las observaciones a que haya lugar, las cuales deberán enviarse a la Contralóría General cíe la República para los efectos consiguientes.

Parágrafo 2

La respectiva autorización del Ministerio y la cuenta de cobro, debidamente legalizada, serán comprobantes de las compras a que se refiere el presente artículo.

Parágrafo 3

El Ministerio de Obras Públicas reglamentará el control de recibo, movilización y entrega a las obras de los materiales comprados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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