Micelio

Artículo 64

Notificación Personal

Decreto 955 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto Penal Aduanero

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Notificación personal. Las sentencias y los autos interlocutorios se notificarán personalmente al Ministerio Público y al sindicado que se encuentre capturado o detenido. El auto que acoge la acusación y el de proceder, se notificará en la forma consagrada en el Código de Procedimiento Penal para el auto de llamamiento a juicio. CAPITULO 5° Recursos y consulta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 955 de 1970