Las Demás Minas No Comprendidas En Los Grupos Principales De Que Habla El Artículo Anterior, Podrán Ser Contratadas O Explotadas Mediante Permisos, Dando Preferencia Para Ello A Los Mineros Que En La Actualidad Las Trabajen, Y Los Contratos Que Al Efecto Se Celebren O Los Permisos Que Se Acuerden, Quedarán Sometidos En Sus Delineamientos Generales A Las Disposiciones De Este Decreto
Decreto 2758 de 1945 · Por el cual se sustituye el número 461 de 1940, reglamentario de la Ley72 de 1939
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º Las demás minas no comprendidas en los grupos principales de que habla el artículo anterior, podrán ser contratadas o explotadas mediante permisos, dando preferencia para ello a los mineros que en la actualidad las trabajen, y los contratos que al efecto se celebren o los permisos que se acuerden, quedarán sometidos en sus delineamientos generales a las disposiciones de este Decreto.
Parágrafo
El beneficio de estos minerales se hará en los molinos que quedan libres o en aquellos que la Dirección de las minas instale para el efecto.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.