Decreto 1225 de 1996 · por el cual se reglamenta la publicidad y el registro de programas académicos de educación superior.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º . La oferta y publicidad de los programas académicos, además de ser clara y comprensible debe contener la siguiente información
1.
Nombre de la institución de conformidad con el reconocimiento oficial, número y fecha de personería.
2.
Nombre del programa y título al cual conduce.
3.
Duración del programa.
4.
Número de código de registro del programa en el Sistema de Información Nacional de la Educación Superior con la expresión número de registro ICFES.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.