º Servicio Materno-Infantil. Serán funciones del Servicio Materno-Infantil, las siguientes
Prestar los servicios de atención médica en las especialidades ginecológicas, obstétricas y pediátricas, y programar actividades de consulta ambulatoria, interconsultoría, control hospitalario, procedimientos especiales, cirugía y atención de urgencias.
Difundir y controlar el cumplimiento de normas técnicas y procedimientos administrativos que regulan la prestación de la atención materno-infantil en el ISS.
Ejercer tutoría y orientación en los aspectos técnico-científicos de la atención materno-infantil a los Centros de Atención Básica del área de influencia de la seccional respectiva.
Elaborar el calendario de atención del servicio y las agendas personales de trabajo de los funcionarios, teniendo en cuenta: a) las necesidades de la población en su área de influencia y, b) la disponibilidad de recurso humano, técnico y tecnológico.
Determinar las necesidades del personal, capacitación, dotaciones, suministros y mantenimiento requeridos para el eficiente funcionamiento de los servicios materno-infantiles.
Evaluar periódicamente la gestión asistencial del servicio y llevar a cabo acciones encaminadas a corregir en forma oportuna las fallas que se detecten.
Las demás que le sean asignadas y le correspondan a la naturaleza de la dependencia.