Artículo primero. Adicional se los cómputos líquidos del presupuesto nacional de rentas e ingresos de la nación para la licencia fiscal en curso, con la cantidad de un millón cuatrocientos mil pesos ($ 1.400.000) en moneda legal, así: Recursos del balance del tesoro. Numeral 132. Probable un superávit fiscal de la vigencia en 1951 $ 1.400.000.00
Decreto 788 de 1952 →Vigente
Artículo 1
Decreto 788 de 1952 · Por el cual se abren unos créditos adicionales -extraordinarios - al Presupuesto de la vigencia fiscal en curso, y se dictan unas disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.