º . Ninguna autoridad podrá autorizar o fijar asignaciones salariales mensuales que superen el monto máximo establecido en el presente decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 4ª de 1992. Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos.
Decreto 2736 de 2000 →Vigente
Artículo 7
Decreto 2736 de 2000 · por el cual se fijan los límites máximos de asignaciones salariales de los Gobernadores y Alcaldes y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.