Artículo primero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto Nacional de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para el año fiscal en curso, con la cantidad de doscientos veinte mil ciento sesenta y tres pesos con ochenta y cinco centavos ($220.163.85) moneda corriente, así: Capítulo 3°-Rentas ocasionales. Numeral 124, Utilidades en la acuñación de monedas de plata y piezas de níquel de diez centavos, ordenada por Decreto legislativo número 1859 de 1950 $ 220.1630.85
Decreto 2388 de 1950 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2388 de 1950 · por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto vigente (Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Deuda Pública -, de Higiene y de Correos y Telégrafos).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.