Ley 165 de 1948 · Por la cual se promueve la organización de una empresa colombiana de petróleos y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
A fin de organizar la empresa a que se refiere la presente Ley, el Gobierno queda facultado para realizar todas las operaciones de crédito que fueren necesarias y podrá dar en garantía el producto de las siguientes rentas:
a). Cualesquiera utilidades o entradas que correspondan a la Nación como concedente del servicio público a que se refiere el artículo 5º; y
b). Los beneficios que puedan corresponderle en la sociedad que se organice.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.