Micelio

Artículo 7

Ley 24 de 1968 · Por la cual se dictan normas para la reconstrucción del puerto caucano de Guapi, y ayuda a los damnificados del último incendio ocurrido en dicha población

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destínase la suma de doce millones ($ 12.000.000.00), para la financiación de las obras y servicios que se ordenan en esta Ley, y para la adquisición de los terrenos y edificaciones necesarias para la remodelación y reconstrucción de Guapi.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 24 de 1968