ARTICULO 4o . No podrán los Departamentos celebrar contratos para la administración de sus loterías, desde que no se estipule de un modo preciso en el contrato o contratos, que a aquéllos corresponden un mínimum del catorce por ciento (14%) sobre el valor de los billetes de que se componga cada sorteo.
Decreto 2067 de 1940 →Vigente
Artículo 4
O
Decreto 2067 de 1940 · Por el cual se reglamentan la Ley 64 de 1923, el ordinal 2o. del artículo 7o. de la Ley 12 de 1932 y la Ley 133 de 1936
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.