Declaración de las Zonas Estratégicas de Intervención Integral (ZEII). El Consejo de Seguridad Nacional podrá declarar Zonas Estratégicas de Intervención Integral ZEII, atendiendo aspectos, tales como
Intereses nacionales.
Espacios vacíos de institucionalidad o con precaria institucionalidad.
Altos índices de criminalidad.
Déficit en el goce de derechos y necesidad de medidas reforzadas de protección a la población. 5. índices de necesidades básicas insatisfechas, pobreza extrema y alta presencia de población víctima de la violencia. 6. Amenaza al agua, la biodiversidad y el medio ambiente. 7. Áreas de frontera. 8. Amenazas a la integridad del territorio. 9. Economías ilícitas. Una Zona Estratégica de Intervención Integral se activará con la aprobación del respectivo Plan Especial de Intervención Integral (PEII), por parte del Consejo de Seguridad Nacional.