Micelio

Artículo 8

Decreto 8 de 1969 · Por el cual se restablece la tarifa especial para transporte estudiantil y se aumenta el auxilio patronal del transporte

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo octavo. A partir del día diez y seis (16) de enero de 1969 el auxilio patronal del trasporte será de cincuenta y cinco pesos ($ 55.00) mensuales para los trabajadores oficiales y particulares que laboren en las ciudades de Bogotá, Medellín, Barranquilla y Cali.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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